EXAMEN CASO PRACTICO
EXAMEN CASO PRACTICO
Corresponde desarrollar de manera individual desde la pregunta 17 al 24
Nombres y Apellidos
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Cédula
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RIPACA ELIA TATIANA
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13.200.002
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MORENO CHRISTIAN
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12.564.662
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BERROTERAN O. LUIS J
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12.485.995
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GIRÓN CESAR
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5.220.232
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CHUY ROBERT G.
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81.347.880
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RIVERO ELIO
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8.821.994
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APONTE FRANKLIN
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15.197.954
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INSTRUCCIONES
Esta estrategia de evaluación de los aprendizajes, es de carácter individual, cuyo propósito es examinar el uso de su capacidad de síntesis y de pensamiento crítico-reflexivo, por ello, deberá con base al siguiente planteamiento, dar respuesta a las preguntas con el debido fundamento en cada respuesta;
HECHOS
El día 21 de noviembre de 2016, siendo las 10:30 horas de la noche, funcionarios adscritos al Destacamento 54 Maracaibo del estado Zulia, encontrándose en la sede del referido organismo escucharon varias detonaciones similares a las producidas por un arma de fuego provenientes de la oficina de la Comandante del Destacamento, de manera inmediata los funcionarios militares Juan y Ramón, Pedro, con la seguridad que amerita el caso se apersonan en dicha oficina y observaron dentro de la misma el cuerpo sin vida de una persona de sexo femenino de decúbito ventral, presentando múltiples heridas producidas presumiblemente por el paso de proyectiles disparados por arma de fuego, de igual manera en dicha oficina se encontraba la teniente coronel María Antonieta Rodríguez, comandante de dicho Destacamento quien tenía su arma de reglamento sobre su escritorio y aparte también estaban las capitanas, Rosario Perez, Jaqueline Anzolar y los ciudadanos Francisco Lineal, Gustavo Martínez, quienes de manera desesperada manifiestan que la referida teniente coronel, sin causa justificada le había efectuado varios disparos a la ciudadana Josefa Angarita, hoy occisa.
Los ciudadanos Francisco Lineal, Gustavo Martínez, quienes se encontraban dentro de la oficina, manifestaron que se encontraban compartiendo con la teniente coronel María Antonieta Rodríguez, que tanto esta como la interfecta se encontraban consumiendo licor desde tempranas horas de ese día, así mismo manifestaron haciendo énfasis que efectivamente la teniente coronel María Antonieta Rodríguez, Jefe de esa oficina, sin razón alguna había efectuado 5 disparos en contra de la humanidad de la ciudadana Josefa Angarita, hoy occisa que se encontraba en dicha oficina del Destacamento, en vista de los referido por los testigos del hecho proceden a realizar la aprehensión en flagrancia de la ciudadana teniente coronel María Antonieta Rodríguez, quien posteriormente fue imputada por la comisión de los delitos.
PREGUNTAS
1.-Explique quién realizo la acción y por qué la validez y legitimidad desde la teoría del delito para imputar la acción.
2.-Explique si los elementos del delito están cumplidos en el presente caso.
3.-Explique por qué en relación con la tipicidad, la teoría del delito es importante para garantizar los derechos individuales del justiciable.
4.-Explique y fundamente si en el caso en análisis la acción concreta se subsumió a la descripción en la totalidad de los elementos del tipo penal.
5.-Determine en el tipo penal los elementos.
6.-Explique por qué el juez penal debe respetar el tipo legal, castigando al sujeto cuya conducta se adecua en la descripción típica, o no haciéndolo debido a la falta del tipo en el proceder de éste.
7.-Explique si la conducta ejecutada por el agente es una figura normativa
8.-Explique por la conducta desplegada por el agente es injusta y culpable.
9.-Explique por qué la tipicidad es la antijuridicidad formal.
10.- Explique por qué la acción típica se puede describir en el texto legal haciendo referencia al comportamiento humano mismo, en sus movimientos o acciones, o se puede describir haciendo referencia a conceptos ("sufrimiento físico", "perjuicio a la salud", "seguridad" o "reputación", por ejemplo), o puede describirse haciendo referencia a la intención (de "causar daño" por ejemplo).
11.-Explique los caracteres o elementos del tipo, que se refieren en el problema planteado.
12.-Explique si en el presente caso opera la ausencia de tipo (aspecto negativo de la tipicidad).
13.- Explique a que fase de la tipicidad corresponde el sagrado principio "nullum crimen nulla poena sine lege" ("no hay delito sin tipicidad").
14.-Explique si la tipicidad es un carácter y una condición del delito
15.-Explique si en el presente caso existe falta el elemento objetivo relativo al medio empleado que configura el delito.
16.-Explique por qué es importancia respetar el tipo legal: bien sea para no castigar al que no adecua su conducta a la descripción típica, o para castigar al que sí reproduce ésta.
17.-Explique por qué no debe ser vulnerado el tipo legal.
El tipo penal alude a la imagen abstracta prevista en la ley penal, en la cual se contempla el supuesto derecho sancionado con una pena. Por su parte con el termino tipicidad se hace alución a una relación de adecuación de un hecho cometido a la imagen abstracta contemplada en la ley tipo, al supuesto derecho escrito en la ley penal.
Es obvio que el tipo legal no debe ser vulnerado, por que de ser asi, quedaria vulnerado el estado de derecho, las garantias del procesado y naturalmente todo el proceso quedaria sujeto a la discrecionalidad del juzgador, a sus pretenciones y prejuicios, a la hora de decidir. Lo que pone de manifiesto que esta conducta es totalmente contraria a lo establecido en el ordenamiento juridico.
18- Explique la antinomia entre el derecho penal libre y el derecho penal liberal?
En este orden de ideas podemos establecer que mientras la escuela positivista o el derecho autoritario aborda el delito desde una vision antropológica, psicológica y se asume al delincuente como un sujeto de alta peligrosidad, al respecto señala Ferri "El delito es sintoma de peligrosidad por ello la medida de la pena esta dada por la medida de la peligrosidad y no del acto ilicito". Dentro de este contexto el derecho penal se direcciona en función de previlegiar la pena por encima de la posible capacidad de redención social del sujeto que ha delinquido, dentro de esta vision el delincuente no es un sujeto social, y en consecuencia no amerita ser tratado como persona, en este desproposito el juez se erige en una especie de puede lo todo, con capacidades casi ilimitadas en el desempeño de sus funciones y con muy pocas limitaciones juridicas que limiten sus actuaciones. El derecho penal liberal a diferencia del derecho autoritario defiende los derechos individuales, las garantías del ciudadanos, plantea la reinserción social como fin ultimo del derecho penal, asume el delito basicamente como un resultado social y no como expresión individual del sujeto. Uno de sus mas brillantes intérpretes Beccaria, plantea la humanización general de las penas, abolición de la tortura, igualdad ante la ley, principio de legalidad, proporcionalidad entre el delito y la pena.
En el derecho penal liberal , el centro de la discusión y el motivo de la preocupación es el individuo, el ser humano en el deseo de reinsertarlo en la sociedad, mas que de castigarlo, en el derecho liberal el juez es un sujeto en el proceso, con funciones específicas y no un personaje con una excesiva discrecionalidad en sus actuaciones, la sanción va a representar solo la respuesta al hecho individual. En el derecho penal liberal se regula el poder cohercitivo y punitivo del estado y se establece como meta reforzar el estado de derecho, como elemento regulador del ciudadano en sociedad.
19- ¿Explique porque el derecho penal libre o "de autor" o en el cual riga el tipo penal del autor es peligrosisimo para la libertad ?
Ciertamente el derecho penal libre "autoritario" es peligroso para la libertad, ya que por su naturaleza esta asociado a la discrecionalidad, ausencia de garantias y a la presencia de un estado con mayores controles sobre el conjunto social, sobre todo cuando a menudo se establece como condición para un mayor control, la supuesta presencia de situaciones que ponen en peligro y tela de juicio la seguridad nacional, de forma que se invocan razones de seguridad de estado para actuar desconociendo la autonomía de los poderes públicos y sacrificando las garantías constitucionales en aras de una supuesta "normalidad social".
20- ¿Explique las consecuencias jurídicas por la no aplicación de la teoría del delito en la declaratoria de culpabilidad ?
Es necesario establecer que el juzgador debe tener en cuenta todos los elementos que se contienen en la teoria del delito. Ya que su no aplicacion seria un contrasentido al propósito de la norma. Que no haria posible la declaratoria de culpabilidad, si se diera una eventual sentencia estaria al margen del principio de legalidad.
21- ¿Explique en el presente caso que tipo penal se subsume?
Homicidio ( bajo efectos del licor)
Uso de arma reglamentaria
22- ¿Explique si en este caso se observa la tipicidad en sus cuatro vertices respecto al principio de legalidad?
La tipicidad nace del principio de la legalidad según el cual todos los delitos provocados por la acción u omisión del sujeto deben estar regulados por la ley. El tipo es una descripción de la conducta prohibida.
La descripción del delito o situación peligrosa tiene que preceder al acto delictivo o al comportamiento peligroso, considera y castiga como delito los hechos que esten en la ley como tal. No considera ni castiga los hechos que no esten en la ley aun cuando esos hechos sean lesivos a la sociedad o al individuo.
El principio de legalidad se desarrolla de acuerdo a las siguientes garantías:
- Garantía criminal: no hay delito sin ley previa.
- Garantía penal: no hay pena sin ley previa.
- Garantía procesal: no hay juicio previo sin ley previa.
- Garantía probatoria: no hay condena penal sin juicio legal.
23- ¿Indica el elemento objetivo, elemento subjetivo, elemento normativo en el presente caso?
El tipo objetivo: conjunto de normas dictadas por el estado que asocian al crimen como hecho, la pena como legitima consecuencia. Especies de tipo de resultado ( de lección y de peligro de actividad)
Elementos descriptivos (objetivos): son aquellos que el autor puede conocer a traves de los sentidos. Son objetos del mundo exterior que el autor puede conocer sin hacer una especial valoración.
Elementos normativos: son aquellos contenidos en una descripción típica que solo se puede captar mediante un acto o jucio de valoracion o da los elementos para formar ese juicio.
Elemetos subjetivos: son aquellos que quedan determinados por la propia conducta del autor.
24- ¿ Explique por que debe aplicar la responsabilidad subjetiva en este caso?
Porque esta es la responsailidad del sujeto productor del daño, es decir, ésta se fundamenta exclusivamente en la existencia de la culpa por parte de este, la responsabilidad subjetiva es considerada como un acto antijurídico, ya que proviene de un hecho o un acto que es contrario y violatorio del ordenamiento legal. Este principio supone la exclusion del caso fortuito del ámbito del derecho penal.
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